Examine Este Informe sobre decreto 040 de 2022
Estos contribuyentes deberán anular el valía total del impuesto a satisfacer, en dos (2) cuotas a más tardar en las siguientes fechas: Plazo PRIMERA CUOTAEn primer lugar, debe atenderse a la ingenuidad social y económica de los hogares en el contemporáneo contexto caracterizado por determinadas dinámicas de crecimiento de precios e insuficien